
Verifactu aparece en muchas webs de programas de facturación, pero conviene separar el nombre comercial de la obligación que hay detrás. El Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación, conocido como RRSIF, establece condiciones para los sistemas utilizados por empresarios y profesionales. VERI*FACTU es la modalidad que remite los registros de facturación a la Agencia Tributaria. Entender esta diferencia te ayudará a preguntar al proveedor qué hace realmente su producto.
De dónde sale la obligación
La base está en la Ley 11/2021, conocida como Ley Antifraude, y en el artículo 29.2.j de la Ley General Tributaria. El Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, aprueba el reglamento de los sistemas de facturación. La finalidad práctica para quien elige un programa es saber si el producto responde a esos requisitos, no quedarse únicamente con un logotipo o una frase publicitaria que diga «compatible».
El calendario vigente recogido en esta guía sitúa la obligación el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados, incluidos los autónomos con actividad económica. Antes de las fechas correspondientes existe un periodo de pruebas. Esos plazos proceden del aplazamiento del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre.
Qué ocurre cuando emites una factura
Cada factura genera un registro de facturación. Ese registro incorpora una huella, o hash, encadenada con la del registro anterior. La factura incluye un código QR y, cuando el sistema trabaja en modalidad VERI*FACTU, la mención «VERI*FACTU». El registro y la factura están relacionados, pero no conviene confundir el documento que recibe tu cliente con la información que el sistema remite a la AEAT.
Cuando compares programas, pregunta cómo se activa la modalidad elegida y dónde puedes consultar la información sobre su cumplimiento. También conviene aclarar si la conexión está incluida o depende de otro servicio. No deduzcas que un programa cumple todos los requisitos por el mero hecho de permitir añadir un QR al documento: la declaración del fabricante es una referencia que debes solicitar.
Las dos modalidades
En VERI*FACTU, el programa envía cada registro de facturación a la AEAT. En la modalidad denominada no verificable, no se produce esa remisión ordinaria, pero el sistema debe incorporar registro de eventos, firma electrónica de los registros, exportación y alarmas, entre otros requisitos. La ausencia de envío no equivale a ausencia de controles. Tampoco se admite un producto que únicamente pueda funcionar sin capacidad de remisión.
Para una decisión de compra, pide al proveedor que identifique la modalidad y explique su funcionamiento. Si utilizas varios productos en tu actividad, describe el circuito completo: dónde introduces la información, dónde emites la factura y qué herramienta procesa después los datos. Esa explicación ayuda a evitar respuestas genéricas que no tengan en cuenta tu forma concreta de facturar.
La regla de los 4 NO
La AEAT resume el ámbito mediante cuatro condiciones. Se refiere a empresarios y profesionales establecidos en España que expidan facturas y que cumplan estos cuatro NO:
- NO facturar exclusivamente a mano: utilizan algún sistema informático de facturación.
- NO estar en el Suministro Inmediato de Información, SII.
- NO tener domicilio fiscal en País Vasco o Navarra, territorios con sistemas propios.
- NO disponer de una resolución de no aplicación.
Si emites todas tus facturas a mano, mediante talonario o a máquina, no estás afectado por este reglamento. Con Excel o Word hay que examinar el uso: escribir, imprimir y conservar facturas no es lo mismo que procesar datos para obtener libros de IVA o contabilidad. La aplicación de la regla depende de lo que haga el sistema, no solo del nombre de la herramienta.
Qué pedir antes de contratar
Solicita la declaración responsable del productor, prevista en el artículo 13 del RRSIF. Después revisa el coste, las funciones que necesitas y los límites del plan. Existe una aplicación gratuita de la AEAT y también programas comerciales. Elegir una opción gratuita o de pago es una decisión distinta de comprobar si el sistema está adaptado.
Verifactu tampoco sustituye la futura factura electrónica obligatoria entre empresas. Esta última exige un intercambio en formato estructurado y tiene su propio calendario, pendiente de la orden ministerial según la información disponible el 5 de octubre de 2026. Mantén separadas ambas preguntas cuando hables con tu proveedor: cumplimiento del sistema de facturación y capacidad para el intercambio B2B.
Elige según tu situación
Utiliza el comparador de programas Verifactu para revisar precios y funciones. También puedes consultar Verifactu para autónomos y programas para sociedades. Comprueba las condiciones en la web oficial antes de contratar.



